Cuando compramos o alquilamos una vivienda, nos podemos encontrar, en muchas ocasiones, que no hay suministro de luz, agua o gas natural.
Es muy importante entender que un alta implica necesariamente que la vivienda no tiene suministro. En el caso de que disponga de suministro, simplemente se realizará un cambio de titular a nombre del nuevo propietario o inquilino.
A continuación te vamos a explicar paso a paso cómo dar de alta la luz de manera sencilla, los costes y plazos para que puedas disfrutar cuanto antes de tu nuevo hogar.
¿Cómo dar de alta la luz?
Para dar de alta la luz nos tenemos que poner en contacto con la comercializadora que nosotros escojamos, ella será la encargada de hacer la gestión y pasar la documentación necesaria a la distribuidora.
La distribuidora es la responsable de autorizar el alta y establecer el suministro, así como de reparar las averías producidas en la infraestructura eléctrica y de hacer la lectura del contador una vez se tenga suministro, es decir, se encargan del abastecimiento de la luz. La distribuidora no se puede elegir ya que viene asignada por la zona donde se encuentra la vivienda.
Una vez la distribuidora acepte el alta, se inicia el procedimiento para activar el suministro, que suele oscilar entre los cinco y los ocho días hábiles. Para que no haya demoras, es muy importante revisar toda la documentación antes de enviarla, porque ante la falta de algún documento la distribuidora puede paralizar o cancelar el alta.
¿Qué documentación necesito?
Los documentos necesarios para dar de alta la luz por primera vez son los siguientes:
- Datos del titular (nombre, apellidos y DNI)
- Datos de contacto (número de teléfono y correo electrónico)
- Número de cuenta bancaria
- Dirección del punto de suministro de la vivienda.
- Número CUPS (Código Unificado de Punto de Suministro)
- Potencia a contratar
- Licencia de primera ocupación y/o cédula de habitabilidad
- Boletín elétrico en vigor.
¿Qué coste tiene dar de alta la luz?
Dar de alta la luz no es una gestión gratuita, tiene un coste regulado y lo deben abonar todos los usuarios a la distribuidora, por tanto, es independiente de la comercializadora que posteriormente les facture.
Estos costes se dividen en:
Dar de alta la luz no es una gestión gratuita, tiene un coste regulado y lo deben abonar todos los usuarios a la distribuidora, por tanto, es independiente de la comercializadora que posteriormente les facture.
Estos costes se dividen en:
- Derechos de enganche: 17,37 € x kw de potencia contratada
- Derechos de acceso: 19,70 € x kw de potencia contratada
- Derechos de enganche: 9,04 €
Sin embargo, el coste final de la gestión va a depender del tipo de alta del que se trate:
- Si es una obra nueva, es decir, nunca ha habido luz, se abonarán todos los derechos: de extensión, de acceso y de enganche, además del precio del Boletín Eléctrico.
- Si es una reactivación, es decir, hubo luz en el pasado, no será necesario abonar los derechos de extensión si han pasado menos de 3 años desde que se dió de baja.
- Si es un alta por deuda del anterior titular, habrá que desvincularse de esa deuda presentando los documentos necesarios y reactivar el suministro.
Al ponerse en contacto con la distribuidora para realizar el alta, se indicará el importe final a pagar que se repercutirá en la primera factura de consumo.